lunes, 4 de febrero de 2008

Respuesta al INADI por su primer resolución

Atentamente he re leído una y mil veces, el informe proporcionado por vuestra entidad, aún no salgo de mi asombro como así tampoco los amigos que me acompañan en este largo reclamo que vengo realizando a distintos entes nacionales, aún sin respuesta satisfactoria alguna, justamente el INADI institución a la cual ponía mis esperanzas de encontrar al menos una luz en medio de semejante oscuridad, me encuentro con este terrible, incomprensible, contradictorio documento que intenta responder mi reclamo, pero que muy lejos de hacerlo, nada aporta a mi petitorio inicial.

Se desprende de su lectura varios errores los cuales paso a enumerar

1. Con fecha del 6 diciembre del año 2004, recién fui notificado de este documento en el mes de marzo del 2007.

2. Se desconoce la anterior denuncia Nº 776/2001 la cual se adjunta a la presente nota.

3. El párrafo en donde comienza literalmente “ II.- Análisis de la cuestión “ dice: “ Comenzando el análisis de la cuestión traída a analizar, sin entrar en la cuestión definitiva, se indica que el fondo a tratar sería determinar si lo denunciado constituye o no conducta discriminatoria en los términos de la ley 23.592, normativa internacional constitucionalizada y su doctrina y, en su caso proponer e instar a dejarlos sin efecto o cesarlo en su realización.”, que alguien por favor traduzca este verdadero galimatías, por nosotros no podemos hacerlo.

4. Reconoce el documento la actitud antisemita de las nuevas autoridades de la UC al tener en su biblioteca virtual un único libro ( Mi Lucha de Hitler), y lo reconoce valga la redundancia como un hecho de “ Profunda gravedad”, tal cual aparece escrito por el informe del INADI.

5. El documento rechaza de plano los panfletos injuriantes firmados por una organización “Patricias Mendocinas” alegando que la misma al no poseer personería o entidad jurídica no se puede afirmar que se tratan de iniciativas antisemitas, ante esta grave afirmación es que agregamos a esta nota un comentario del Sociólogo –Investigador Patricio Brodsky. El creer que una organización de carácter delictuoso tenga entidad jurídica no sabemos si tomarlo como un chiste de humor negro, o una falta de respeto a nuestra inteligencia.

6. Notamos en el documento una falta total de resolución que tome el Instituto para este caso

7. Hemos notado y visto la falta de elementos al expediente formado y lo que es más grave aún, hojas sueltas son foliar, ¿cómo es posible que un determinado funcionario tome una decisión si no ha leído las pruebas entregadas?, ¿cómo es posible que no se haga mención alguna de la primera denuncia que nombro al principio?

8. Como se podrá observar mis criticas tienen un argumento válido que van desde la desprolijidad administrativa con se ha llevado adelante este asunto, sumado a la falta de respuesta concreta que solicite oportunamente, por todo esto solicito también a las autoridades del INADI, la remoción inmediata en mi causa de la funcionaria Luisa I. Galli que se desempeña como Coordinadora Centro de Denuncias INADI, por considerar que la misma tiene hacia mi persona una enemistad manifiesta, la prueba concreta de lo que digo es que siempre ha tratado mi caso sin ningún tipo de interés, retrasando, obstaculizando, lo que considero un justo reclamo.

9. Agregamos para su estudio y análisis un escrito elaborado por un amigo personal docente universitario y abogado penalista que se intereso en mi tema, en el cual hace referencia normativa nacional e internacional, referida a mi caso.

Sin otro particular y a espera de un pronto dictamen del Instituto, aprovechamos la ocasión para despedirnos de UD con nuestra consideración más distinguida.



Dr Oscar Klier

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